La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales, restableciendo provisoriamente las restricciones a la titularidad extranjera de campos. Esta decisión tiene alcance nacional y reabre el debate sobre los límites a la compra de tierras rurales en Santa Cruz.
Las estadísticas de la Secretaría de Tierras Rurales indican que, hasta agosto de 2025, el 8,11% de la superficie rural de Santa Cruz estaba en manos extranjeras, con un total de 1.905.083,75 hectáreas extranjerizadas sobre 23.483.545,44 hectáreas de superficie rural. Sin embargo, el departamento de Magallanes presenta un 25,77% de superficie rural extranjerizada, superando el límite del 15% establecido por la Ley 26.737.
La norma también impone restricciones para evitar que personas o empresas de una misma nacionalidad concentren más del 30% del cupo de titularidad extranjera y establece límites por titular y para predios vinculados a cuerpos de agua y zonas de frontera.
La decisión de la Corte implica que las restricciones para la adquisición de tierras por parte de extranjeros vuelven a ser relevantes. No se anulan automáticamente compraventas anteriores ni se dispone la restitución de tierras ya transferidas.
El fallo se tomó para evitar daños irreparables y garantizar una respuesta judicial al planteo ambiental. El expediente continuará en el juzgado federal de Bariloche, que deberá analizar la habilitación de los demandantes y resolver el pedido cautelar.
Cobertura elaborada por SUR365 a partir de información pública de El Diario Nuevo Día.