El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut determinó que el Instituto de Seguridad Social y Seguros (Seros) debe cubrir el total de las terapias y el acompañamiento escolar para un niño de cuatro años diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista (TEA). La decisión se tomó sin aplicar el sistema de reintegros, garantizando así el acceso directo a los tratamientos necesarios.
La sentencia establece un plazo de 30 días para el pago de las facturas a los profesionales que brindan atención al menor. La ministra Silvia Bustos, junto a sus colegas, subrayó que las obras sociales no pueden poner en riesgo el derecho a la salud de los afiliados, especialmente en situaciones de vulnerabilidad.
El caso se originó en Puerto Madryn, donde la madre del niño debió recurrir a la justicia debido a la falta de prestadores en la cartilla de Seros. A pesar de contar con prescripciones médicas urgentes, la obra social intentó aplicar el sistema de reintegro, lo que resultaba inviable para la familia.
El tribunal también ajustó el esquema de pago, considerando que el plazo original de abono en los primeros diez días del mes era demasiado rígido. Ahora, los pagos deberán realizarse dentro de los 30 días posteriores a la presentación de las facturas.
Cobertura elaborada por SUR365 a partir de información pública de La Opinión Austral.